Colección científica Derecho y Deporte
Descripción
La Colección "Derecho y Deporte" tiene por objeto la publicación de libros acerca del régimen jurídico que ordena el deporte y la actividad física en sus múltiples manifestaciones y vertientes. Pretende ser, así pues, un punto de encuentro y, al propio tiempo, un cauce para la difusión del conocimiento que desde la perspectiva del Derecho genera la muy rica, variada y compleja realidad del deporte y de la actividad física.
Email para recibir obras: coleccionderechoydeporte@colex.es
1. Presentación
La Colección "Derecho y Deporte" tiene por objeto la publicación de libros acerca del régimen jurídico que ordena el deporte y la actividad física en sus múltiples manifestaciones y vertientes. Pretende ser, así pues, un punto de encuentro y, al propio tiempo, un cauce para la difusión del conocimiento que desde la perspectiva del Derecho genera la muy rica, variada y compleja realidad del deporte y de la actividad física.
Temática y alcance
En la presente colección tienen cabida monografías, de autoría única o colectiva, en las que se aborde el estudio de todo tipo de cuestiones vinculadas al ámbito deportivo desde la perspectiva de cualesquiera de las especialidades y disciplinas jurídicas.
Cabe subrayar que el deporte y la actividad física se caracterizan por un marcado carácter poliédrico, de suerte que presentan una multiplicidad de facetas. A simple modo de ejemplo, y por tanto sin ánimo alguno de exhaustividad, puede aludirse a aspectos tales como la organización del deporte (administración pública del deporte, asociaciones deportivas, clubes, sociedades anónimas deportivas, federaciones, ligas, comités olímpicos, etc.), el régimen jurídico de los sujetos del deporte (deportistas, jueces, árbitros, agentes, directivos de instancias deportivas, etc.); la organización y gestión de eventos deportivos, la implantación y uso de instalaciones deportivas, la disciplina deportiva, el deporte profesional, el deporte aficionado, el deporte escolar, el olimpismo, etc.
A su vez, el deporte y la actividad física no constituyen realidades aisladas, sino que, muy al contrario, presentan vínculos más o menos intensos con otros sectores o ámbitos materiales, en algunos de los cuales están presentes intereses generales de la mayor relevancia. Piénsese por ejemplo en la implicación de la actividad física y el deporte en la promoción y protección de la salud de las personas, o en la educación.
El aludido carácter poliédrico de cuanto envuelve al ámbito del deporte y la actividad física tiene como consecuencia lógica e inevitable que sean objeto de atención y de preocupación por la totalidad de las especialidades y disciplinas jurídicas, obviamente en aquello que a cada una de ellas corresponde. A su vez, el régimen jurídico del deporte presenta una peculiaridad propia, cual es la importancia de la que tradicionalmente se viene denominando lex sportiva, esto es, de la normativa emanada de o articulada por las propias instituciones deportivas.
La idiosincrasia que presenta la realidad del deporte y la actividad física a que se ha hecho breve referencia en los párrafos precedentes ha determinado que, desde hace décadas, se venga construyendo lo que comúnmente se denomina "Derecho del deporte" o "Derecho deportivo". Derecho del deporte que, entre sus principales características generales o definitorias, se distingue por su acentuada transversalidad y su inequívoca singularidad.
A cuantas monografías contribuyan al desarrollo y la generación de conocimiento en la materia aspira a dar acogida la presente colección "Derecho y Deporte".
2. Dirección y consejo editorial
Dirección y Consejo editorial de la colección
Editor: Ángel Gandoy Fernández, Editorial Colex
Director:
Antonio Ezquerra Huerva
Profesor Titular (acr. Catedrático) de Derecho Administrativo en la Universidad de Lleida.
Consejo editorial:
Andreu Camps i Povill
Catedrático de Legislación Deportiva (en excedencia) del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC)-Universidad de Lleida. Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. Secretario General de la Real Federación Española de Fútbol.
Luis Cazorla González-Serrano
Profesor Titular de Derecho Mercantil en la Universidad Rey Juan Carlos. Director académico de la Maestría en Derecho deportivo de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR). Abogado.
Rosario de Vicente Martínez
Catedrática de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha. Vocal del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol.
Mercedes Fuertes López
Catedrática de Derecho Administrativo en la Universidad de León. Vocal permanente de la Comisión General de Codificación.
Eduardo Gamero Casado
Catedrático de Derecho administrativo en la Universidad Pablo de Olavide. Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. Consejero de Montero Aramburu Abogados.
Miguel García Caba
Doctor en Derecho. Vicesecretario General de la Real Federación Española de Fútbol. Profesor asociado de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid.
Ignacio Jiménez Soto
Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Granada. Director de la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho del Deporte de la Universidad de Granada.
Juan Antonio Landaberea Unzueta
Abogado. Profesor del Máster Universitario en Derecho Deportivo de la Universidad de Lleida.
Carmen Pérez González
Profesora titular de Derecho Internacional Público en la Universidad Carlos III de Madrid.
Remedios Roqueta Buj
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad de Valencia. Codirectora del Máster de Formación Permanente en Derecho Deportivo UV. Vocal del Tribunal del Deporte de la Comunidad Valenciana.
Laura Santoro
Professore Ordinario di Diritto Privato presso l’Università degli Studi di Palermo. Coordinatore del Master universitario in Diritto e management dello sport (DiMaS) presso l’Università degli Studi di Palermo.
Luis Sarrato Martínez
Doctor en Derecho. Profesor asociado de Derecho Administrativo en la Universidad Pública de Navarra. Asesor Jurídico del Club Atlético Osasuna. Abogado.
Ramón Terol Gómez
Profesor Titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Alicante.
3. Proceso de evaluación
3.1. Evaluación de las obras
Toda propuesta editorial que recibamos será evaluada. Podrán enviarse las obras al email:
coleccionderechoydeporte@colex.es
3.1.1 Compromisos del autor (o autores)
La obra que remita tendrá que ser original y no estar publicada en ninguna editorial ni haber sido objeto de autopublicación.
No puede haberse incurrido en plagio y/o fraude científico ni en la obra que se presenta ni en el historial del autor.
El uso de materiales de otros autores deberá ser correctamente citado e identificado.
Las imágenes, gráficas y tablas que no sean propias del autor estarán libres de derechos cuando la obra se remita a la editorial.
Las obras colectivas deben establecer claramente la autoría de los autores de cada contribución
Si hay contribuciones o personas con algún tipo de colaboración no relevante, su reconocimiento puede mencionarse en el apartado de agradecimientos, clarificando debidamente su participación.
Los autores se comprometen a no presentar manuscritos que estén sujetos a consideración o que hayan sido enviados previamente a otras editoriales, y a someterlos a un proceso anónimo de revisión.
3.1.2 Compromisos de la Editorial Colex
Velar por asegurar la calidad científica y académica. Igualmente, se respetarán la independencia intelectual de los autores y se valorarán de forma objetiva todos los originales remitidos a la editorial para su publicación.
Se garantiza a autores y revisores que los manuscritos serán sometidos a un proceso de revisión anónima «por pares», sin que se conozcan las identidades entre los revisores y los autores.
El editor tendrá la decisión última y la responsabilidad de aceptación o rechazo final de los originales. Los trabajos podrán ser rechazados sin someterse a evaluación externa si los editores consideran que no son apropiados para ser publicados, basándose dicha decisión en la inadecuación del contenido a la línea de la editorial, ausencia de actualidad, carencia del suficiente interés u otras causas.
3.2. Proceso de calidad de "revisión por pares" en obras de investigación y científicas.
La Editorial Colex aplicará para la publicación de sus obras un riguroso proceso de evaluación y selección de los originales y, especialmente en las ediciones de investigación, los criterios de calidad establecidos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) y la Agencia Estatal de Investigación (AEI).
Con estas directrices, la Editorial Colex, a través de la dirección de la colección, acreditará que los trabajos editados han superado un proceso de evaluación y calidad, que se concreta en el denominado proceso anónimo de revisión por pares
.
Los trabajos originales que reciba la Editorial para su publicación seguirán un proceso de selección que responde a estrictos criterios de calidad y se realizará siempre por evaluadores competentes y conocedores de la materia, observando el anonimato tanto de estos como de los autores.
La decisión de la aceptación o rechazo de los trabajos estará motivada en la originalidad, la relevancia y la calidad de los mismos.
3.3. Proceso de selección
3.3.1 Recepción de originales y anonimización
Recibido un escrito se asegurará por la dirección de la colección el anonimato de la obra para todas las fases posteriores, y velarán por que la conversión del texto en anónimo no altere su coherencia.
3.3.2 Primera valoración: editor y dirección de la colección
Se remitirá el texto anonimizado al editor y a la dirección y subdirección de la colección. A continuación, se efectuará una primera valoración o selección previa, que decidirá si se remite al Consejo editorial para su estudio.
En caso de que no se considere una obra viable, se comunicará al autor la decisión.
3.3.3 Segunda valoración: remisión al Consejo editorial
El Consejo editorial decidirá la viabilidad de la obra y, en el caso de que supere la selección previa, se enviará al menos a dos especialistas ajenos al Consejo para que procedan a su evaluación.
3.3.4 Tercera valoración: informe de evaluadores externos
La selección de los evaluadores externos correrá a cargo del Consejo editorial, que propondrá a varios especialistas como potenciales evaluadores para cada manuscrito, teniendo en cuenta sus méritos académicos, científicos y su experiencia profesional.
Estos evaluadores emitirán un informe motivado sobre la calidad científica del trabajo y la conveniencia o no de publicarlo, que será tomado en consideración por el editor y la dirección de la colección.
3.3.5 Cuarta y última valoración: decisión editorial
El editor y la dirección de la colección, en base a los informes emitidos, podrá adoptar tres tipos de decisiones:
Aprobar el escrito para su publicación.
Proponer al autor una revisión del escrito.
Rechazar su publicación.
La Editorial notificará al autor/es la resolución del Consejo editorial. En el caso de resoluciones positivas se procederá al envío del contrato de edición para firma por las partes.
3.4. Normas de estilo y publicación
Desde aquí podrá acceder a las normas de estilo y publicación.